Santo Domingo. – El Banco Popular está siendo demandado en tribunales dominicanos por un monto que supera los 912 millones 830 mil pesos, debido a la adjudicación irregular de una propiedad ubicada en el sector Villa Consuelo, a pesar de una prohibición expresa de la Suprema Corte de Justicia (SCJ).
Antecedentes y procesos judiciales
Los abogados Edgar A. Jiménez y José A. Méndez Marte denunciaron públicamente que la entidad financiera se adjudicó la Plaza Club Empresarial, contraviniendo la sentencia de casación civil número 036-2021-SSEN-01033 dictada por la SCJ.
Las demandas se encuentran en diferentes instancias judiciales, incluyendo la Primera, Segunda y Cuarta Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Nacional, así como en la Séptima Sala del Tribunal de Tierras de Jurisdicción Original.
En total, el Banco Popular enfrenta tres demandas en reparación de daños y perjuicios, dos de ellas también en nulidad, y una litis sobre derechos registrados.
Fechas y montos de las demandas
El miércoles 6 de agosto de 2025 se conocerá en la Cuarta Sala una demanda de nulidad y reparación de daños por un monto de 45 millones de pesos.
Para el lunes 25 de agosto de 2025, en la Primera Sala, está prevista otra demanda en daños y perjuicios por 747 millones de pesos.
Mientras que el miércoles 8 de octubre de 2025, la Segunda Sala del Distrito Nacional conocerá una demanda de nulidad y reparación por daños y perjuicios de 120 millones 830 mil pesos, presentada por la Agencia JB Continental, SRL, propietaria del inmueble en disputa.
Detalles de la propiedad y conflicto legal
La propiedad en cuestión es un inmueble comercial situado en la calle Charle Pie número 25 esquina Juan de Morfa, en Villa Consuelo.
Inicialmente, la Tercera Sala de la Cámara Civil y Comercial falló a favor del Banco Popular, pero esta decisión fue anulada por la SCJ.
La sentencia de la SCJ ordenó casar la resolución original y devolver las partes al estado previo al fallo, pero el Estado anterior es considerado irrecuperable por las siguientes razones:
El Banco Popular carece de fundamento legal para ostentar la propiedad debido a la anulación firme de la sentencia que utilizó para la transferencia. No existe crédito que justifique el embargo sobre el inmueble.
La transferencia eliminó las cargas en el certificado de título, impidiendo que el banco embargue una propiedad de la que ya figura como dueño.
Por tanto, es imposible que el Banco Popular sea simultáneamente propietario y perseguido legalmente por la misma propiedad.
Críticas a DGII y Registro de Título
Los abogados también señalaron que la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) y el Registro de Título del Distrito Nacional incumplieron sus funciones como garantes legales en el traspaso de la propiedad.
Ambas instituciones permitieron el traspaso del inmueble sin respetar las disposiciones legales vigentes, generando un conflicto jurídico que afecta los derechos de la parte afectada.
-MÁS
-EXTERNO










Agregar comentario