Los derechos a la honra y el buen nombre, incluyo el derecho al olvido, ostentan tanto en derecho internacional como en el ordenamiento constitucional dominicano un reconocimiento expreso. El primero busca garantizar la adecuada consideración o valoración de una persona frente a los demás miembros de la sociedad, ante la difusión de información errónea o la emisión de opiniones tendenciosas que producen daño moral tangible a su titular. El segundo va claramente dirigido a proteger la reputación o el concepto que de un sujeto tienen las demás personas, ante expresiones ofensivas e injuriosas, o la propagación de informaciones falsas o erróneas sobre su persona.
El derecho a la honra y al buen nombre vs el derecho a la libertad de expresión









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