La Tercera Sala de la Suprema Corte de Justicia dictó un fallo considerado trascendental para la transparencia municipal, al confirmar la sentencia que declara ilegal el aumento salarial que se otorgaron 14 regidores y la vicealcaldesa del municipio de La Romana.
Mediante la sentencia SCJ-TS-26-0283, de fecha 13 de febrero de 2026, el alto tribunal rechazó los recursos interpuestos para validar los incrementos, dejando en firme la decisión de la magistrada Karuchy Sotero Cabral, jueza de la Primera Sala de la Cámara Civil de La Romana, quien había ordenado la devolución de los valores cobrados en exceso.
Devolución de RD$2.3 millones
La decisión judicial obliga al alcalde Eduardo Kery Metivier a descontar y restituir al erario municipal la suma de RD$2,300,000.00, monto que, según la sentencia primigenia, fue percibido de manera injustificada por los ediles.
El caso se originó a principios de 2025, cuando sectores de la sociedad civil cuestionaron el incremento salarial. Los abogados Wanchy Medina y Máximo Alburquerque argumentaron que los funcionarios municipales violaron el artículo 140 de la Constitución, al legislar en beneficio propio.
Tras conocerse el fallo definitivo, Medina calificó la decisión como un “triunfo para la institucionalidad”, al considerar que reafirma que ningún funcionario está por encima de la Carta Magna. Además, intimó al alcalde a cumplir con la ejecución inmediata de la sentencia.
Por su parte, Alburquerque subrayó que los RD$2.3 millones deben retornar a las arcas municipales para ser destinados a obras y servicios comunitarios, y no a salarios aprobados al margen de la ley.
Representación ante la Suprema
De acuerdo con los detalles del proceso, los regidores y la vicealcaldesa fueron representados por la Asociación Dominicana de Regidores (ASODORE), que gestionó la defensa legal ante la Suprema Corte.
Sentencia irrevocable
Con esta decisión, se agotan las vías ordinarias de apelación, lo que convierte el fallo en irrevocable y de ejecución inmediata.
Especialistas en derecho administrativo sostienen que la sentencia reafirma que la autonomía municipal no es absoluta, sino que está sujeta al control jurisdiccional y al cumplimiento estricto de la normativa que regula los gobiernos locales.










Agregar comentario