El Tribunal Constitucional (TC) dejó este miércoles en estado de fallo la acción directa de inconstitucionalidad presentada por los activistas Eduardo Daniel Sánchez Tolentino (El Piro) y Ricardo Augusto Ripoll García contra varios artículos de la Ley núm. 74-25, que instituye el nuevo Código Penal dominicano.
La acción, contenida en el expediente TC-01-2026-0044, cuestiona los artículos 192, 208, 209, 210, 211 y 310 de la legislación promulgada el 3 de agosto de 2025, señalando como autoridades de las cuales emana la norma al Senado y la Cámara de Diputados.
Argumentos de los accionantes
Durante la audiencia, los abogados Pedro José Balbuena y Francisco Aristy García, en representación de Ripoll y Sánchez Tolentino, solicitaron al tribunal comprobar que las causas de inconstitucionalidad material planteadas originalmente contra la Ley 74-25 no fueron eliminadas con las modificaciones introducidas mediante la Ley núm. 44-26.
Pidieron además que las pretensiones de la acción presentada el 29 de junio de 2026 fueran extendidas a las modificaciones realizadas a los artículos cuestionados, con el propósito de evitar lo que denominaron un “fraude al control concentrado” o una “zona de ilusión constitucional”.
Los representantes de los accionantes sostienen que las disposiciones impugnadas afectan derechos y garantías constitucionales, particularmente relacionados con la libertad de expresión. El Piro había solicitado que el recurso fuera conocido con carácter de urgencia, al considerar que determinadas disposiciones del nuevo Código Penal podrían restringir la libertad de expresión y constituir una especie de “ley mordaza”.
Posiciones institucionales y próximo paso
En representación del Senado, sus abogados ratificaron las conclusiones previamente depositadas ante la Secretaría del TC. La Cámara de Diputados también ratificó las conclusiones presentadas mediante escrito depositado el 6 de agosto de 2026, mientras que la Procuraduría General de la República hizo lo propio durante la audiencia.
Al concluir, el presidente del TC, Napoleón R. Estévez Lavandier, informó que el tribunal se reservaba el fallo del caso para ser dictado en una próxima ocasión.
La iniciativa vuelve a colocar en el centro del debate la discusión sobre los alcances del nuevo Código Penal y sus implicaciones en materia de derechos fundamentales. Ahora corresponderá al Tribunal Constitucional deliberar y emitir la decisión sobre la constitucionalidad o no de los artículos impugnados.
