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Trastorno mental y responsabilidad penal: ¿Qué ocurre si una persona con una condición psiquiátrica comete una agresión?

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Trastorno mental y responsabilidad penal: ¿Qué ocurre si una persona con una condición psiquiátrica comete una agresión?

Cuando una persona comete una agresión y presenta algún tipo de trastorno mental, el sistema de justicia penal dominicano establece un tratamiento legal diferenciado que excluye, en algunos casos, la imposición de una pena ordinaria.

Así lo explica el abogado Francisco Álvarez Martínez, quien detalla que la legislación reconoce que, en determinadas circunstancias, un trastorno mental puede anular la responsabilidad penal del agresor, siempre y cuando esta condición haya afectado su capacidad de comprender la ilicitud del acto o de controlar sus acciones.

Código Penal establece la inimputabilidad por demencia

El artículo 64 del Código Penal vigente indica claramente que “cuando al momento de cometer la acción el inculpado estuviese en estado de demencia… no hay crimen ni delito”.

Esto significa que, si la persona comete un ilícito estando en ese estado de incapacidad, será considerada inimputable. Es decir, no se le podrá atribuir responsabilidad penal por carecer de discernimiento suficiente en el momento del hecho.

En línea con esto, el proyecto de nuevo Código Penal, aún en discusión, establece en su artículo 16 que no se puede imputar penalmente a quien cometa una infracción estando afectado por una perturbación psíquica que le anule totalmente el juicio o el control de sus actos.

Tribunal puede ordenar medidas de seguridad

En los casos en que se compruebe que el autor de un delito sufre un trastorno mental severo, el tribunal no dicta una condena tradicional, sino que puede ordenar una medida de seguridad.

Estas medidas pueden incluir internamiento en centros especializados o tratamientos psiquiátricos obligatorios, conforme a lo establecido en los artículos 374, 375 y 376 del Código Procesal Penal.

Sin embargo, cuando la perturbación mental es parcial —es decir, que afecta al individuo pero no le impide totalmente comprender o controlar sus acciones—, el juez puede tomar esta situación como un atenuante al momento de imponer la pena.

El propio proyecto de Código Penal aclara, además, que si el trastorno mental es transitorio y fue provocado voluntariamente por el autor para cometer el delito, no lo exime de responsabilidad penal.

Jurisprudencia establece criterios para los jueces

Los tribunales dominicanos han sentado precedentes importantes en esta materia.

En la Sentencia núm. 73 del 30 de enero de 2019, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia estableció que para aplicar el artículo 64 del Código Penal es necesario presentar pruebas científicas contundentes sobre el estado mental del imputado.

En dicho caso, aunque se presentó una evaluación psiquiátrica, los jueces no encontraron elementos suficientes para declarar la inimputabilidad del acusado, debido a que no se demostró una afectación real de sus facultades mentales durante la comisión del hecho.

El fallo reafirma que la demencia o cualquier otro trastorno mental solo puede considerarse causa de exclusión de responsabilidad cuando se acredita plenamente su impacto sobre la conducta del agresor.

En la República Dominicana, una persona con trastorno mental puede ser considerada inimputable si se demuestra que su condición anuló completamente su discernimiento o control al momento del hecho.

Sin embargo, esta situación debe comprobarse con evidencia médica y científica debidamente sustentada ante el tribunal.

Cuando se acredita dicha condición, el proceso penal se encamina hacia un tratamiento especial, que contempla medidas de seguridad en lugar de penas convencionales.

Pero si no se demuestra con claridad, la persona podrá ser juzgada y sancionada como cualquier otro imputado, incluso si presenta síntomas o antecedentes de alteraciones mentales.

Dary Terrero

Dary Terrero

Dary Terrero. Comunicaciones, Medio de Comunicación

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